Esta decisión judicial supone un nuevo respaldo a la actuación municipal en este procedimiento que estaba tratando de ser obstaculizado por la anterior empresa prestadora del servicio.
El Tribunal Superior de Justicia de Murcia ha vuelto a dar la razón al Ayuntamiento de San Pedro del Pinatar en el procedimiento judicial impulsado por la empresa Urbanizaciones León y Ferrer, SL, confirmando, una vez más, la legalidad del proceso de contratación del servicio de recogida, transporte y gestión de residuos municipales.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia ha dictado la Sentencia 13/2025, en la que desestima todas las pretensiones de la empresa recurrente y ratifica la validez de la resolución 1260/2022 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (TACRC), que ya había inadmitido el recurso especial interpuesto por la mercantil contra los pliegos de la licitación.
El Ayuntamiento celebra esta resolución judicial que confirma el buen hacer de los técnicos municipales y que la licitación del servicio de recogida de residuos se ha desarrollado conforme a la normativa vigente y con todas las garantías legales. La resolución reafirma que el proceso de adjudicación ha sido transparente y ajustado a Derecho, garantizando el interés público y la correcta tramitación de los pliegos de la licitación.
El fallo judicial también condena a Urbanizaciones León y Ferrer, SL al pago de las costas procesales, fijadas en 3.000 euros más IVA, y mantiene la multa de 1.000 euros impuesta por el TACRC por la temeridad en la interposición de su previo recurso.
El Alcalde ha reiterado el compromiso del Equipo de Gobierno con la legalidad y la transparencia en todos nuestros procedimientos administrativos, especialmente en materia de contratación pública.
Con esta sentencia, se confirma que la licitación que ha dado lugar a la nueva adjudicación del servicio de recogida de residuos se realizó con todas las garantías.
Finalmente, se espera por el Ayuntamiento que, del mismo modo y en breve, el otro procedimiento que se formalizó por la misma empresa frente al acuerdo de adjudicación, quede igualmente patente el buen hacer de los servicios técnicos y jurídicos del Ayuntamiento y se desestime también su recurso.